El marte 3 de marzo, en las instalaciones de la institución educativa, se llevó a cabo la elección del personero estudiantil. Este evento contó con la participación de todos los estudiantes del colegio y el apoyo de los docentes.

¿Qué es un personero estudiantil?

El personero estudiantil, debe ser un estudiante que curse el ultimo grado de un establecimiento de educación básica o de educación media, será elegido dentro de los 50 días calendario siguiente al de la iniciación de clases del periodo locativo anual y se elige mediante voto secreto.

El personero estudiantil promueve el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución Política y el Manual de Convivencia.

Según el Decreto 1860 de 1994 del Ministerio de Educación, El personero tendrá las siguientes funciones: a) Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación; b) Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos; c) Presentar ante el rector o el Director Administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes, y d) Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que sus haga veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario siguientes al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.